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La Coctelera

Diego Aragón, artículos de opinión

La razón no es sinónimo de verdad

7 Abril 2011

¿QUÉ ES LA PLUSVALÍA?


Érase una vez…

Cuando a un principito le encomendaron la difícil misión de buscar un país en este mundo donde todos los nobles del lugar se las apañaban para no pagar tributos…

Se trata del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Inmuebles y Terrenos de naturaleza urbana, llamado también de Plusvalía. “El hecho imponible viene dado por el incremento de valor que experimenten los terrenos de naturaleza urbana manifestado a consecuencia de la transmisión de la propiedad por cualquier título...”, dice el art.2 de la Ordenanza Reguladora de Conil. Es decir, cuando se vende una finca o un inmueble hay que pagar este impuesto.
Es una tasa municipal que paga el vendedor en función de la revalorización de la finca (diferencia entre lo que le costó al vendedor y el precio de la transmisión actual).

Puede ocurrir , siempre como hipótesis, que un vendedor haya vendido a otros , que constituyeron una sociedad sólo para comprar esos terrenos, y que esa sociedad se los venda a otros y que la venta del primer vendedor al segundo vendedor no se haya elevado a escritura pública ni se haya declarado, lógicamente, el impuesto en cuestión.

Cuando el tercer comprador, hoy único dueño, paga el importe del terreno al segundo vendedor eleva la compraventa a escritura pública. El caso es “jodido” para el primer vendedor, que tiene que asumir como venta la ultima. Y como cobro lo primero. Hay que ver lo listo que han sido los segundos. Entonces el primer vendedor tiene obligación de pagar el famoso impuesto de Plusvalía a la Administración.

¿Y lo tonto que fueron los primeros vendedores? Es difícil de creer… lo que no es cierto…

Este tipo de enjuagues se ha dado mucho en esta España del pelotazo, de la especulación inmobiliaria brutal cuando estábamos a puntito de ser los más ricos de barrio.

Pero lo cierto de estos casos, es que aquí no hay nadie tonto, creo que el más tonto es el que se cree más listo.

Esa época fue la de creaciones, de sociedades, club, asociaciones, y todo tipo de barbaridades legales, para especular con todo y contra más mejor.

Fueron épocas donde se hizo notar, el patriotismo nacional...

Dicen, que el tiempo pone cada cosa en su sitio, y llega o llegará el día en el que aparezca quien es el testaferro de todo este supuesto entramado, y tenga que asumir lo que sea, evidentemente a cambio de algo, para que la cara dura de algunos sujetos no sufra ninguna grieta.

Con el aumento del olvido en el tiempo trascurrido entre lo dicho, y lo cierto…es que tampoco existe ningún mecanismo para saber, a ciencia cierta, cual es el precio real, como se puede saber el precio verdadero, ese que se compra y se vende. Ese que es de color “negro” o de “negro” color. Ese con el que sirvió para comprar las áreas, centi-áreas. Hoy no tomaré como ejemplo, los metros cuadrado del Santiago Bernabéu.

Una vez creada esta sociedades o lo que sea, y estando sometido a ella por el propio sistema, aparece el clásico listo de turno que se hace el “sueco” y a la hora de la verdad el o ellos, caminan por los senderos del pillaje, claro calificativo para los pillos. Que se creen los más capaces en el terreno de juego…y eso de pagar impuestos que lo hagan otros. Por último, consumado el pelotazo, la sociedad se disuelve y que otros paguen. Pero, amigos, un sociedad disuelta también tiene responsabilidad…claro está si les pillan.

La propuesta mas lógica que entiendo yo, en los tiempo de austeridad, es la desaparición de la plusvalía, es la idea de que el valor del objeto producido por el productor vuelva a éste; bien sea porque los beneficios se reparten directamente entre todos los obreros, como ocurre en la interpretación cooperativista del socialismo, bien sea porque el Estado los restituye indirectamente al productor en la forma de otros bienes de los que puede disfrutar (carreteras, colegios, educación y sanidad gratuitas, subsidios de desempleo, residencia de anciano, guarderías ...) Y Zapatero, Rubalcaba o quien sea , no tocan el Pacto de Toledo .

Pero en esta España donde se confunde el socialismo con el PSOE, hay otras o varias variantes que nos llevan a una serie de conflictos generados por eludir el pago de dicha plusvalía, sin entender porqué se elude ese pago cuando la especulación esta a la vista del “ciego”.

¿Quién debe pagar la plusvalía?

Son sujetos pasivos:

1. En la compraventa: el vendedor
2. En las herencias: los herederos.
3. En las donaciones: quien recibe la donación


Cualquier pacto que se formalice en la escritura en contra de lo indicado anteriormente sólo tendrá efecto entre las partes, pero no ante la Administración, que se dirigirá a las personas citadas (sujetos pasivos).

¿Cómo tramitar la autoliquidación de la plusvalía?

PRESENCIALMENTE

Dirigiéndose, con la fotocopia o la copia simple de la escritura que da lugar a la liquidación y la fotocopia del DNI del sujeto pasivo.

¿Dónde pagar la autoliquidación?

La autoliquidación se puede abonar:

En cualquier entidad bancaria con oficina...

Mediante una transferencia bancaria indicando el número de referencia de autoliquidación en los números de cuenta siguientes:

¿Cuándo hay que pagar la plusvalía?

En el caso de compraventas y donaciones, treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que hubiera tenido lugar la transmisión (fecha de la escritura). SIEMPRE Y CUANDO LA ESCRITURA. ¿Y SI NO LA HICIERON? (...)

En las herencias, seis meses a contar desde el día de la defunción del causante o hasta a un año, si se pide durante los seis primeros meses una prórroga por el mismo período de tiempo.

¿Qué sucede si no se paga la plusvalía en el plazo establecido?

De acuerdo con el artículo 61.3 de la Ley general tributaria 230/63 (art. 27.2 de la nueva Ley general tributaria 58/2003), el pago fuera de plazo sin requerimiento previo originará los siguientes recargos:

Hasta los 3 meses: el 5%

Más de 3 meses y hasta los 6 meses: el 10%

Más de 6 meses y hasta los 12 meses: el 15%

Más de 12 meses: el 20%, más los intereses de demora

A las cantidades anteriores se añadirá, si corresponde, el recargo y los intereses del período ejecutivo que corresponda sobre el importe de la autoliquidación.
Si el pago fuese como consecuencia de un requerimiento de la Administración (Inspección Tributaria), además de los recargos anteriores se iniciará el correspondiente expediente sancionador.

Este impuesto tiene una serie de bonificaciones y exenciones destinadas a favorecer las transmisiones entre familiares por herencia u otras causas.

c) Pero si se ha olvidado pagar, lo podrás arreglar, en la calla Bota, Nº Zapato.

En la oficina de Robin Hood, el defensor de los pobres…especuladores…

De no cumplirse los requisitos, deberá abonarse la parte bonificada y los intereses de demora correspondientes.

La plusvalía también existe en las Asociaciones sin ánimo de lucro, o economía solidaria, salvo Caritas o la Cruz Roja.

O la economía por el camino solidaria para sus sujetos pasivos al percibir, y no pasivos al no percibir…

Y para que coste aquí y ahora, lo dejo caer…una información gratuita, que de momento no lleva plusvalía.

 

Publicado en el periodico TRFALGAR INFORMACIÓN el día 25/03/2011

 

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